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Tribunal Electoral ordena nueva revisión del registro local del partido PAZ en San Luis Potosí

Tribunal Electoral ordena nueva revisión del registro local del partido PAZ en San Luis Potosí

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí ordenó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) revisar nuevamente la inscripción local del partido político PAZ, luego de resolver una impugnación promovida por Morena. La determinación, aprobada el 15 de octubre de 2026, dejó sin efecto los acuerdos mediante los cuales se había autorizado el reconocimiento de la organización política en la entidad y la asignación de financiamiento público ordinario estatal. Sin embargo, la resolución no cancela el registro nacional del partido ante el Instituto Nacional Electoral. El organismo electoral local deberá reponer parte del procedimiento y emitir una nueva determinación, una vez que se revisen los requisitos legales correspondientes.

Entre los aspectos que deberán aclararse se encuentra la documentación relacionada con la integración de la dirigencia estatal y la acreditación del domicilio oficial de PAZ en San Luis Potosí. Durante el análisis del expediente, el magistrado Sergio Iván García Badillo señaló que el CEEPAC había solicitado una certificación del Instituto Nacional Electoral que no aparece como requisito obligatorio en la legislación electoral estatal. La observación formó parte de los argumentos para determinar que el procedimiento debía corregirse y permitir que la organización política atendiera los requerimientos pertinentes. De esta manera, la nueva revisión tendrá que ajustarse a las disposiciones aplicables y considerar la documentación necesaria para resolver la solicitud.

La resolución fue aprobada por mayoría de dos votos contra uno, con el respaldo del magistrado Sergio Iván García Badillo y de la magistrada Dennise Adriana Porras Guerrero. Ambos consideraron necesario permitir que el partido respondiera a los requerimientos legales y que el organismo electoral corrigiera las deficiencias detectadas durante la tramitación. Por su parte, la magistrada presidenta María Carolina López Rodríguez defendió una propuesta que planteaba limitar la revisión a la documentación presentada antes del 15 de agosto de 2026. Su postura tomó en cuenta que PAZ entregó información adicional después de esa fecha y que no compareció oportunamente como tercero interesado en el procedimiento judicial. Finalmente, la propuesta de la presidenta no obtuvo los votos necesarios.

Conforme a los plazos establecidos en la sentencia, PAZ contará con tres días hábiles para responder al requerimiento relacionado con la integración de su Comité Directivo Estatal y la acreditación de su domicilio oficial. Una vez concluido ese periodo, el CEEPAC dispondrá de cinco días hábiles para emitir un nuevo dictamen debidamente fundamentado. En esa resolución deberá determinar si la organización cumple las condiciones necesarias para mantener su inscripción en el ámbito local. El resultado dependerá de la revisión de los documentos y de la aplicación de las disposiciones electorales correspondientes, por lo que la decisión definitiva sobre su situación en San Luis Potosí quedará sujeta al cumplimiento de este procedimiento.

La sentencia también revocó la asignación de financiamiento público ordinario estatal que se había autorizado a PAZ, por lo que el CEEPAC deberá realizar los ajustes correspondientes en la distribución de los recursos. Este aspecto es distinto del análisis sobre la inscripción local, ya que el acceso al financiamiento está sujeto a condiciones legales específicas. La resolución también vinculó al Congreso del Estado para que, una vez concluido el proceso electoral 2026-2027, realice las adecuaciones legislativas necesarias en materia de recursos públicos para partidos políticos nacionales de nueva inscripción. Con ello, el fallo abarca tanto la corrección del procedimiento administrativo como la revisión de las reglas que regulan las prerrogativas partidistas en la entidad.

El caso de PAZ se suma a la revisión de la inscripción local de otros partidos políticos nacionales, como Somos México, cuyo reconocimiento en San Luis Potosí también fue revocado por el Tribunal Electoral estatal. Ambas resoluciones han puesto sobre la mesa la aplicación de los requisitos legales para que nuevas fuerzas políticas nacionales accedan a derechos y prerrogativas en el ámbito estatal. Mientras el CEEPAC prepara una nueva determinación, PAZ conserva su registro nacional, aunque su situación local permanece sujeta al procedimiento ordenado por los magistrados. El desenlace permitirá establecer si cumple las condiciones para obtener nuevamente la inscripción y cuáles serán las consecuencias administrativas y financieras derivadas de la resolución.

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