La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas suma 756 sentencias favorables y 529 medidas de reparación para víctimas en San Luis Potosí. Las cifras dan una idea de la dimensión del trabajo de un organismo que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, además de autonomía técnica y de gestión. Detrás de cada número hay personas que sufrieron un delito o una violación a sus derechos humanos y que buscaron apoyo institucional para enfrentar las consecuencias. Los resultados muestran tanto la carga de casos que atiende la Comisión como el papel que tienen los tribunales en el reconocimiento del daño.
La CEEAV existe para garantizar, promover y proteger los derechos de las víctimas, en especial los de asistencia, protección, verdad, justicia, reparación integral y debida diligencia. Su misión señala que debe atender de manera integral a quienes sufrieron un delito o una violación a sus derechos, con eficiencia, transparencia y sentido humanitario. El propósito final, de acuerdo con la propia institución, es ayudar a construir un nuevo proyecto de vida. Por eso las sentencias favorables y las medidas de reparación pesan tanto: son la forma concreta en que ese compromiso llega a las personas afectadas.
Uno de los instrumentos centrales es el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. Se trata de un mecanismo financiero creado para entregar recursos de ayuda inmediata y reparación integral a víctimas de delitos del fuero común y de violaciones a derechos humanos, bajo criterios de transparencia, oportunidad y rendición de cuentas. Los recursos son administrados por la CEEAV a través de un fideicomiso público, previa solicitud de la víctima. La decisión corresponde al Comité Interdisciplinario Evaluador y al titular de la Comisión, lo que reparte la responsabilidad en más de una instancia y evita que la determinación dependa de una sola persona.
No todas las solicitudes se resuelven igual. Se consideran la condición socioeconómica de la víctima, la repercusión del daño en la vida familiar y la imposibilidad de trabajar a causa del daño. También cuentan el número y la edad de las personas que dependen económicamente de ella, así como los recursos disponibles en el Fondo. Estos criterios buscan que el apoyo llegue con mayor urgencia a quienes quedaron en situaciones más difíciles, por ejemplo familias que perdieron a quien llevaba el sustento o personas que ya no pueden trabajar por las lesiones sufridas.
La relación con las sentencias es directa. Cuando la persona sentenciada carece de recursos para cumplir con la reparación, las víctimas pueden recurrir a los mecanismos de ayuda, asistencia y reparación integral que administra la CEEAV. Sin embargo, estos apoyos no eliminan la obligación de reparar el daño que corresponde al sentenciado. Un ejemplo reciente es una fórmula legal que fija una cantidad de referencia de 358 mil 968.60 pesos en casos de homicidio cuando ciertos perjuicios no pueden acreditarse de manera específica, sin impedir que se reconozcan otros daños que la víctima logre demostrar.
Aún quedan temas por mejorar. La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa para añadir la disculpa pública y la restitución de la dignidad como medidas de satisfacción en la Ley de Atención a Víctimas. Según la propuesta, al no estar reguladas de forma explícita, se dificulta el trabajo de los asesores jurídicos y se limita el criterio de autoridades y de la propia CEEAV. Para quienes quieran consultar cifras, la Comisión también publica en datos abiertos información sobre los apoyos otorgados y los planes de reparación.


