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Tribunal Electoral impone sanciones a tres litigantes por agresiones contra jueza en San Luis Potosí

Tribunal Electoral impone sanciones a tres litigantes por agresiones contra jueza en San Luis Potosí

Tres abogados fueron sancionados por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género contra la jueza Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí determinara que incurrieron en conductas verbales, simbólicas y psicológicas para desacreditar su capacidad profesional y afectar el ejercicio de sus derechos político-electorales. Los involucrados son Iván Zúñiga Rodríguez, Luis Ariel Navarro Díaz e Izela del Carmen Zúñiga Rodríguez, quienes deberán cumplir diversas medidas establecidas en la resolución judicial. Entre las disposiciones se encuentran una amonestación pública, la publicación de una disculpa dirigida a la juzgadora, capacitación obligatoria y su inscripción en el registro estatal de personas sancionadas por este tipo de conductas. El caso representa un precedente en San Luis Potosí respecto a la protección de mujeres que desempeñan cargos públicos mediante elección popular.

Los hechos que dieron origen al procedimiento ocurrieron el 16 de diciembre de 2025, durante una diligencia realizada en las instalaciones del Juzgado Segundo de lo Familiar, donde la jueza fue objeto de insultos, amenazas y expresiones discriminatorias por parte de los abogados. Las agresiones también trascendieron al ámbito digital, luego de que circularan videos relacionados con lo sucedido dentro del órgano jurisdiccional. A partir de estos acontecimientos, la juzgadora presentó una denuncia para que las autoridades determinaran si las expresiones utilizadas constituían violencia política contra las mujeres. Después de revisar los elementos disponibles, el Tribunal Electoral concluyó que las conductas no se limitaron a cuestionamientos sobre el desempeño profesional de la funcionaria, sino que incorporaron expresiones que buscaron desacreditarla e intimidarla por su condición de mujer.

La resolución fue emitida el 16 de julio de 2026, dentro del expediente TESLP/PSE/01/2026, después de que la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenara revisar una determinación anterior y emitir un nuevo fallo. El órgano electoral potosino estableció que las expresiones acreditadas afectaron los derechos político-electorales de la jueza y obstaculizaron el ejercicio de sus funciones públicas. Posteriormente, la sentencia quedó firme el 8 de octubre de 2026, luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral federal desechara el último recurso de reconsideración presentado por la defensa de los sancionados. Con ello, quedó establecido que los tres abogados debían cumplir las medidas impuestas por el tribunal local, sin que el procedimiento pudiera quedar únicamente en el reconocimiento de las agresiones.

Entre las medidas ordenadas se encuentra la publicación de una disculpa pública dirigida a Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, tanto en un periódico de amplia circulación en San Luis Potosí como en las redes sociales de los responsables. También se estableció una amonestación pública y la inscripción de los tres abogados durante un año y seis meses en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, administrado por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana. Asimismo, deberán recibir capacitación obligatoria sobre violencia política contra las mujeres, la cual estará a cargo de la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva. Estas disposiciones tienen como finalidad reconocer las afectaciones ocasionadas, establecer medidas de reparación y evitar que se repitan conductas similares en el ejercicio de actividades profesionales o públicas.

Sin embargo, la ejecución de las medidas ordenadas también ha generado cuestionamientos, debido a que, hasta el 20 de octubre, no se había acreditado públicamente el cumplimiento de las disculpas ni de la capacitación obligatoria. La abogada Fátima Alvizo, representante legal de la jueza, señaló que obtener una resolución favorable no significa que las víctimas hayan alcanzado una reparación completa, especialmente cuando todavía deben esperar que las instituciones hagan efectivas las disposiciones judiciales. También advirtió que las mujeres que denuncian violencia política enfrentan desgaste durante los procedimientos y pueden experimentar temor a posibles represalias. Desde la representación legal se ha insistido en que las autoridades responsables deben garantizar que las sanciones se materialicen y que las personas afectadas no tengan que enfrentar nuevas dificultades para conseguir el cumplimiento de una sentencia que ya quedó firme.

El caso adquiere relevancia en el contexto de los cambios derivados de la reforma judicial, que incorporó la elección de personas juzgadoras mediante el voto popular y abrió nuevos desafíos para garantizar el ejercicio de sus funciones en condiciones de igualdad. La resolución del Tribunal Electoral establece un antecedente sobre la protección de las mujeres que ocupan cargos dentro del Poder Judicial y la necesidad de distinguir entre las críticas legítimas a las decisiones jurisdiccionales y las expresiones que constituyen agresiones por razones de género. Aunque las sanciones ya fueron determinadas y la sentencia quedó firme, todavía resulta necesario que las autoridades correspondientes supervisen su cumplimiento. La aplicación efectiva de las medidas permitirá avanzar en la reparación de las afectaciones contra la jueza y reforzar las garantías para que otras mujeres puedan desempeñar responsabilidades públicas sin enfrentar intimidaciones o descalificaciones por su condición de mujer.

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